Perú: el arzobispo gana lo que un ministro
Cura Cipriani mintió al Perú
Herbert Mújica Rojas
No una sino en múltiples oportunidades el cura Juan Luis Cipriani ha
dicho públicamente que la jerarquía de la más grande ONG que hay en el
Perú, la Iglesia Católica, no ganaba igual que los ministros. Gracias
a la tenacidad e investigación de Humberto Ramírez Arroyo, es posible
dar a conocer los documentos que desmienten lo afirmado por Cipriani.
¿Es también virtud de la fe mentir y hacerlo con descaro y contumacia
como lo ha hecho el señor de marras?
El Perú gasta dinero en sectores ociosos. Un concordato firmado entre
Perú y el Estado del Vaticano, en 1979, entre gallos y medianoche,
configura un tratado internacional que ningún Congreso ha ratificado y
menos estudiado. Su anulación inmediata, terminal y contundente, es
premisa ineludible para cualquier estudio decente que proponga separar
al Estado de la Iglesia, cualquiera la confesión que profese. El
Estado no puede mantener a improductivos cuya única misión al llegar
con los socios hamponescos de la conquista, fue expoliar al Perú,
depredar sus riquezas naturales y mineras y repartirse, como hacen las
mafias, los sectores de influencia para incrementar sus botines.
Cualquier otra cosa intermediante, es adefesio o caricatura de Estado
laico.
El DS No. 146-91-EF, firmado por Alberto Fujimori Fujimori, Carlos
Boloña Behr y Carlos Torres y Torres Lara y de fecha 2-6-1991, decreta
en su primer artículo: "Modifíquese las referencias establecidas en el
Artículo 1º del DS. No. 275-89-EF, en la forma siguiente: a) Cardenal,
Arzobispo Primado, equivalente al 100% del Monto Unico de Remuneración
Total de un Ministro de Estado."
¿Qué puede decirnos sobre el particular el cura Cipriani?
El DS. No. 275-89-EF, firmado por Alan García Pérez, Guillermo Larco
Cox, César Vásquez Bazán y María Angélica Bockos de Grillo, de fecha
23-11-1989, decía en su Art. 1: "Modifícase las referencias
establecidas en el Art. 1 del DS. No. 249-87-EF, en la forma
siguiente: a) Cardenal Arzobispo Primado, equivalente al 100% de la
Remuneración Principal de un Ministro de Estado."
Más aún.
El DS. 249-87-EF, firmado por Alan García Pérez, Gustavo Saberbein y
Carlos Blancas Bustamante, de fecha 17-12-1987, dice en su primer
artículo: "Las subvenciones que perciben por el Pliego del Ministerio
de Justicia los Obispos, Canónigos y personal eclesiástico y civil al
servicio de la Iglesia con asignación consignada en el presupuesto del
Régimen Eclesiástico serán equivalentes a las Remuneraciones
principales de los funcionarios y directivos del Estado, establecidas
por el DS. No. 107-87-PCM (Escala 01)….."
Con el rótulo enorme de SECRETO, el DS. No. 380-86-EF, firmado por
Alan García Pérez, Luis Alva Castro y Carlos Blancas Bustamante, de
fecha 13-11-1986, dice en su artículo 1: "Las subvenciones que
perciben por el Pliego del Ministerio de Justicia los obispos,
canónigos y personal eclesiástico y civil al servicio de la Iglesia
con asignación consignada en el presupuesto del Régimen Eclesiástico
serán equivalentes a las remuneraciones principales de los
funcionarios establecidas por el DS. No. 057-86-EF (Anexo No. 1),
…..". ¿A qué se debe el secreto de esta norma?
También bajo el sello de SECRETO, el DS. 394-85-EF, firmado por Alan
García Pérez, Luis Gonzales Posasa y Luis Alva Castro, de fecha
2-9-1985, se dice en el artículo 1: "Las subvenciones personales y
pensiones que se otorgan al Régimen Eclesiástico, conforme al DS.
222-80-EFC, de fecha 13-10-1980, se incrementarán en un monto igual a
dos veces el establecido por dicha norma legal".
Como se ve, son varios los dispositivos entre secretos y públicos los
establecidos entre el primer gobierno de Alan García Pérez, 1985-1990
y uno durante la administración del nipón Kenya Fujimori. ¿Será por
eso que la obsequiosidad que dispensa el mandatario García a Cipriani
llega hasta el ridículo de besarle la mano? Cortesanías de esa
naturaleza denigran al primer servidor público del Perú y más aún
tratándose de un confeso mentiroso y violador de derechos humanos como
es el capitán mayor de la cofradía católica, Juan Luis Cipriani.
¿A cuento de qué hay que mantener una burocracia panzona, progenitora
oculta de muchos hijos e impulsadora de sectas fanáticas, fascistas y
reaccionarias que los políticos en Perú pretenden no combatir hasta
que caigan bajo su férula autoritaria y vayan desconcertados al
paredón? ¿A quién le ha preguntado el Estado si queremos seguir
manteniendo a seres improductivos cuya única misión en Perú y
Latinoamérica ha sido consagrar la mentira institucional de fe que no
cuestiona nada, acepta todo y encima permite tratados internacional
que expolian el pobrísimo bolsillo del hombre y mujer común corriente?
Si el Congreso tuviera pantalones, y hay esperanzas que así lo
demuestre, debería ¡inmediatamente! anular el concordato con la
Iglesia Católica y decantar al Estado de cualquier confesión. Quien
quiera creer que crea y lo que le venga en gana, pero que sufrague su
fe y sus mentiras ¡con su dinero! El sagrado recurso popular no se
puede tocar para causas ociosas y viles como la actual que Cipriani ha
negado varias veces.
Lea www.redvoltaire.net
hcmujica.blogspot.com
Skype: hmujica
Herbert Mújica Rojas
No una sino en múltiples oportunidades el cura Juan Luis Cipriani ha
dicho públicamente que la jerarquía de la más grande ONG que hay en el
Perú, la Iglesia Católica, no ganaba igual que los ministros. Gracias
a la tenacidad e investigación de Humberto Ramírez Arroyo, es posible
dar a conocer los documentos que desmienten lo afirmado por Cipriani.
¿Es también virtud de la fe mentir y hacerlo con descaro y contumacia
como lo ha hecho el señor de marras?
El Perú gasta dinero en sectores ociosos. Un concordato firmado entre
Perú y el Estado del Vaticano, en 1979, entre gallos y medianoche,
configura un tratado internacional que ningún Congreso ha ratificado y
menos estudiado. Su anulación inmediata, terminal y contundente, es
premisa ineludible para cualquier estudio decente que proponga separar
al Estado de la Iglesia, cualquiera la confesión que profese. El
Estado no puede mantener a improductivos cuya única misión al llegar
con los socios hamponescos de la conquista, fue expoliar al Perú,
depredar sus riquezas naturales y mineras y repartirse, como hacen las
mafias, los sectores de influencia para incrementar sus botines.
Cualquier otra cosa intermediante, es adefesio o caricatura de Estado
laico.
El DS No. 146-91-EF, firmado por Alberto Fujimori Fujimori, Carlos
Boloña Behr y Carlos Torres y Torres Lara y de fecha 2-6-1991, decreta
en su primer artículo: "Modifíquese las referencias establecidas en el
Artículo 1º del DS. No. 275-89-EF, en la forma siguiente: a) Cardenal,
Arzobispo Primado, equivalente al 100% del Monto Unico de Remuneración
Total de un Ministro de Estado."
¿Qué puede decirnos sobre el particular el cura Cipriani?
El DS. No. 275-89-EF, firmado por Alan García Pérez, Guillermo Larco
Cox, César Vásquez Bazán y María Angélica Bockos de Grillo, de fecha
23-11-1989, decía en su Art. 1: "Modifícase las referencias
establecidas en el Art. 1 del DS. No. 249-87-EF, en la forma
siguiente: a) Cardenal Arzobispo Primado, equivalente al 100% de la
Remuneración Principal de un Ministro de Estado."
Más aún.
El DS. 249-87-EF, firmado por Alan García Pérez, Gustavo Saberbein y
Carlos Blancas Bustamante, de fecha 17-12-1987, dice en su primer
artículo: "Las subvenciones que perciben por el Pliego del Ministerio
de Justicia los Obispos, Canónigos y personal eclesiástico y civil al
servicio de la Iglesia con asignación consignada en el presupuesto del
Régimen Eclesiástico serán equivalentes a las Remuneraciones
principales de los funcionarios y directivos del Estado, establecidas
por el DS. No. 107-87-PCM (Escala 01)….."
Con el rótulo enorme de SECRETO, el DS. No. 380-86-EF, firmado por
Alan García Pérez, Luis Alva Castro y Carlos Blancas Bustamante, de
fecha 13-11-1986, dice en su artículo 1: "Las subvenciones que
perciben por el Pliego del Ministerio de Justicia los obispos,
canónigos y personal eclesiástico y civil al servicio de la Iglesia
con asignación consignada en el presupuesto del Régimen Eclesiástico
serán equivalentes a las remuneraciones principales de los
funcionarios establecidas por el DS. No. 057-86-EF (Anexo No. 1),
…..". ¿A qué se debe el secreto de esta norma?
También bajo el sello de SECRETO, el DS. 394-85-EF, firmado por Alan
García Pérez, Luis Gonzales Posasa y Luis Alva Castro, de fecha
2-9-1985, se dice en el artículo 1: "Las subvenciones personales y
pensiones que se otorgan al Régimen Eclesiástico, conforme al DS.
222-80-EFC, de fecha 13-10-1980, se incrementarán en un monto igual a
dos veces el establecido por dicha norma legal".
Como se ve, son varios los dispositivos entre secretos y públicos los
establecidos entre el primer gobierno de Alan García Pérez, 1985-1990
y uno durante la administración del nipón Kenya Fujimori. ¿Será por
eso que la obsequiosidad que dispensa el mandatario García a Cipriani
llega hasta el ridículo de besarle la mano? Cortesanías de esa
naturaleza denigran al primer servidor público del Perú y más aún
tratándose de un confeso mentiroso y violador de derechos humanos como
es el capitán mayor de la cofradía católica, Juan Luis Cipriani.
¿A cuento de qué hay que mantener una burocracia panzona, progenitora
oculta de muchos hijos e impulsadora de sectas fanáticas, fascistas y
reaccionarias que los políticos en Perú pretenden no combatir hasta
que caigan bajo su férula autoritaria y vayan desconcertados al
paredón? ¿A quién le ha preguntado el Estado si queremos seguir
manteniendo a seres improductivos cuya única misión en Perú y
Latinoamérica ha sido consagrar la mentira institucional de fe que no
cuestiona nada, acepta todo y encima permite tratados internacional
que expolian el pobrísimo bolsillo del hombre y mujer común corriente?
Si el Congreso tuviera pantalones, y hay esperanzas que así lo
demuestre, debería ¡inmediatamente! anular el concordato con la
Iglesia Católica y decantar al Estado de cualquier confesión. Quien
quiera creer que crea y lo que le venga en gana, pero que sufrague su
fe y sus mentiras ¡con su dinero! El sagrado recurso popular no se
puede tocar para causas ociosas y viles como la actual que Cipriani ha
negado varias veces.
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