Sunday, December 03, 2006

Argentina: el clero defiende sus privilegios

En Argentina, la jerarquía dirige una campaña política contra el gobierno, a fin de proteger sus privilegios frente a la reforma educativa:



La Nueva ley de educación: verdadera
necesidad popular por una nueva nación
Por Raúl Isman.
Docente. Escritor.
Miembro del Consejo Editorial.
de las Revistas Desafíos y 2010.
Director de la revista
Electrónica Redacción popular.
raulisman@yahoo.com.ar www.geocities.com/raulisman http://raulisman.blog.terra.com.ar

A la memoria de Marina Vilte, Isauro Arancibia,
Eduardo Requena, docentes desaparecidos por la dictadura.

En las siguientes líneas se analizará brevemente la problemática de la educación en la Argentina reciente, en clave histórica y política. La disolución de la nación operada en ’90 tuvo su impronta legal con las Leyes denominadas Federal de Educación (L.E.F.) y de Educación Superior (L.E.S.). Lo que sigue será una lectura más política que pedagógica. En ese último aspecto, presentaremos en el futuro inmediato otro trabajo. El reformateo provocado por el poder económico a nuestro pueblo en la citada década infame tuvo en las citadas leyes su armazón jurídica, con incompletas pero importantes consecuencias prácticas. La resistencia popular limitó los alcances de varias de las citadas transformaciones.
En esta nota no nos referiremos a la L.E .S. y nos concentraremos en la L.E .F.. En su momento presentada desde diversos estratos del poder como una verdadera “revolución educativa”, significó el correlato en las aulas primarias y secundarias del desguace del estado nacional. En efecto, la transferencia de las escuelas hacia las juridisdicciones (las provincias y la ciudad de Buenos Aires) amputó la capacidad de intervención del Ministerio Nacional, reducido a una función de conducción teórica-pedagógica, pero desprovisto de escuelas. El paralelismo con las privatizaciones, la liquidación de las Juntas de Carnes y Granos, entre otros mecanismos intervencionistas estatales en cuestiones económicas y sociales es evidente. En un país donde se había enseñoreado el modelo neoliberal, una de las pretensiones de máxima del instrumento legal fue liquidar la educación técnica. Resultaba superfluo educar para la formación tecnológica e industrial, para un modelo pensado centralmente como consumidor de lo elaborado en otras latitudes y en el cual la valorización financiera era más importante que la producción industrial misma. Estos despropósitos se consumaron- por fortuna- sólo en parte.
Por otra parte, en la L.E .F. y en algunos mecanismos no consagrados en la ley, pero si implícitos, quedaron privilegiados determinados aspectos profundamente negativos para el logro de una educación al servicio del pueblo. Por ejemplo, las insoportables injerencias de la Iglesia en el diseño de los contenidos educativos, incompatibles con un planeamiento curricular donde la ciencia asumiera un lugar central y fuere privilegiada la formación para los derechos de ciudadanía. En pleno siglo XXI, el poder de fuego eclesial continúa obturando la posibilidad (y absoluta necesidad) de desarrollar programas educativos y de salud pública vinculados a temas percibidos como urticantes por ámbitos episcopales; en especial, algunas cuestiones del tipo de la prevención de enfermedades de transmisión sexual, como si aún viviéramos en algún lejano ducado en tiempos carolingios. Con ello, la clerecía no consigue que los jóvenes (y adultos) tengan menos relaciones sexuales, si que lo hagan en el marco de una desprotección sanitaria y cultural mucho mayor. Por otra parte, lo mismo ocurre en muchos países, como lo demuestra la cita que volcamos a continuación:
La fuerte reacción del episcopado español contra una nueva asignatura en la escuela, la "Educación para la ciudadanía", nos acerca a la raíz de los conflictos que plantea una vieja asignatura, la de religión. Ante la argumentación de los obispos de que la nueva materia entra en su exclusivo dominio, el de los valores, me parece necesario que hagamos una breve incursión en los terrenos de la religión católica escolar, pues casi siempre que se discute sobre la asignatura de religión no se presta atención a sus contenidos concretos. (Juan Antonio Aguilera Mochón
en La Insignia )
Pero no fueron las únicas consecuencia negativas de la L.E .F.. No menos significación tuvo la deconstrucción (desestructuración) de la enseñanza secundaria, rebautizada polimodal y reducida en dos años. La hipertrofia de la primaria, llamada Escuela General Básica (E.G.B.) redundó sin dudas en un empobrecimiento franciscano para un proceso de enseñanza y aprendizaje que construyera sujetos críticos y aptos para apropiarse de las ciencias. En este aspecto, la Santa Alianza de los sectores de la globalización financiera (cuya punta de lanza fue el Banco mundial, numen intelectual de la reforma)) la iglesia y el aparataje duhaldo-justicialista bonaerense demostró cierta habilidad; ya que de hecho se estableció una suerte de contrato con la mayor parte de la sociedad. Por tal acuerdo implícito se verificó- de hecho- un intercambio consistente en la tolerancia social hacia la reforma; a cambio de la aprobación sin mayores exigencias por parte de la mayoría de los estudiantes en la E.G .B. y Polimodal. Así, a las universidades e institutos terciarios llegan estudiantes a los efectos de… aprender el significado profundo de las primeras letras, como saben sobradamente los docentes en tales instancias. Es decir que la ausencia de una verdadera educación de excelencia fue el precio que se pagó como moneda de intercambio a los efectos de lograr el consenso para los cambios implicados en la L.E .F..
Este es el contexto que es preciso tener presente para juzgar los cambios legales que el proyecto presidencial impulsa. La (re) construcción de un lugar central para el estado nacional, un nuevo impulso a la necesaria formación tecnológica y la creciente autonomía de la sociedad civil y del estado con relación a la Iglesia y a los grandes poderes económicos globalizados son los mayores aciertos de un nuevo ordenamiento legal que, si bien no colma las máximas aspiraciones de las fuerzas nacionales y populares, marcha en el camino correcto. En nuestro país se esta delineando- con contradicciones, marchas y contramarchas- un nuevo modelo productivo y así como la L.E .F. fue absolutamente correspondiente a la subordinación nacional frente a los grandes poderes globalizados; la ley que pretende ser aprobada marcará la correlación de los cambios operados en lo económico y social, desde el derrumbe de la convertibilidad hasta nuestros días, para los espacios educativos.
Tal vez los lectores incautos juzguen excesivo el sitio que le adjudicamos a la iglesia. Pero, a nuestro juicio, la mayor parte de los obispos son los verdaderos intelectuales orgánicos del poder, así como poco disimulados operadores políticos en el mismo sentido. Monseñor Bergoglio es un inclaudicable constructor de oposición al proyecto presidencial. A tal fin se reúne muy asiduamente con Elisa Carrió, celebre en el mundo de la psiquiatría desde que afirmó que Kirchner es igual que Hitler. Como lo nuestro es el análisis histórico y político y no la noble ciencia médica orientada a los disturbios mentales, simplemente diremos que se trata de una miserable operación de blanqueo del nazismo; ya que si Kirchner y Hitler son lo mismo, resulta verdadero lo que afirman las perspectivas negacionistas del genocidio cometido durante la segunda guerra mundial. En este sentido, se dan la mano con el objetivo último de procurar la impunidad para los asesinos de la dictadura, en lo cual se muestran tan infatigables hoy la doctora Carrió y Bergoglio, como ayer la Iglesia Católica Romana apañó los crímenes nazis.
Piénsese en las innumerables presiones desarrolladas por una institución, cuya máxima autocrítica por su complicidad con la dictadura genocida (1976-1983)… ha sido denostar incansablemente al gobierno de Néstor Kirchner y convertirse en eje articulador de toda oposición. Las presiones son ejercidas desde las sombras y también desde las declaraciones públicas. Por ejemplo, se presenta el lobby a favor de los subsidios a la educación privada como necesidad de la libertad educativa, cuando sólo se trata de una cuestión operativa que beneficia nada más que a la corporación eclesial. Si realmente se tratase que los padres que desearen educación religiosa para sus hijos la tuvieren, se podrían buscar recursos financieros alternativas y no restarlos de los menguados recursos públicos.
Pero el modo petrofacial con que maneja la derecha en general y la iglesia en particular en estos debates lo demuestra la siguiente información que carece de desperdicios. “El arzobispo de La Plata , monseñor Aguer, advirtió que la reciente ratificación en el Congreso del Protocolo Facultativo sobre discriminación de la mujer -conocido con la siglas en inglés CEDAW- "enajenó" la soberanía legislativa de la Argentina a un comité internacional de "feministas", y consideró que de ese modo "es como si nos vendiéramos al nuevo desorden mundial." Parece ser que las relaciones carnales, las privatizaciones, la convertibilidad, y tantas lacras de los ’90 no “enajenó la soberanía de la Argentina ”. Un poco tarde viene Monseñor a descubrir el colonialismo. En los ’90 ¿Habitaba en Kuala Lumpur? Pero el colmo de sus dichos se verifica cuando dice: "Porque para las feministas la maternidad es una maldición, y entonces ¿cómo se puede celebrar semejante cosa? De hecho ha ocurrido ya que a varios países estas 'expertas' les han observado precisamente que conserven este día en elogio de la maternidad. Vamos a ver qué pasa cuando se atrevan a hacerlo con la Argentina , donde celebramos, alegremente, todos los años, el Día de la Madre ". Sólo desde la mala intención aviesa se puede afirmar que las feministas abominan de la maternidad. Lo que hacen es criticar la mirada machista y patriarcal del fenómeno, que coloca el hecho de dar a luz y criar niños en el sitio de única opción para las mujeres. Por último, monseñor formula el siguiente interrogante: "¿Seremos perseguidos por afirmar que el aborto no es un derecho, sino un horrendo crimen, y que el comportamiento homosexual es contrario al orden natural, o porque repudiamos que se legalice la prostitución?"(Todos los dichos de Aguer han sido tomados de un despacho de A.I.C.A.). Habría que conocer la posición del obispo de La Plata acerca de los crímenes de la dictadura, al parecer no tan horrendos como un aborto (¿Dónde estaba él en esa época? ¿Qué opina de las justificaciones de los asesinatos, torturas, robos de bebes formuladas por su antecesor en el obispado de La plata, Monseñor Plaza? La bendición brindada a los genocidas por más de un purupurado, ¿No es un horrendo crimen?). Sería interesante que se bajara del pedestal moral en el cual es auto-colocó y respondiera a tales interrogantes. Con respecto a la legalización de la prostitución, se comprende la posición eclesial. En la ilegalidad más jóvenes son factibles de ser corruptos por clérigos seculares, regulares y purpurados.
Frente a todo lo analizado líneas arriba- en especial, el conflicto realmente operante entre la posición gubernamental y los poderes escondidos detrás de las sotanas de la Iglesia Católica- resalta una vez más la patética actitud de las fuerzas de izquierda que nunca aciertan a definir correctamente el enemigo. “Fuera la Ley de Kirchner y Filmus”, brama al unísono el coro del ala trotskista de la coalición encabezada por Bergoglio,. La iglesia vela sus armas para defender su influencia y la inmensa torta de los subsidios estatales, sin los cuales la matrícula en las escuelas parroquiales mermaría significativamente. Y los miserables que se arrogan la representación testamentaria del marxismo (divididos como es costumbre en infinitas sectas) le hacen de apoyatura coral por izquierda.
Finalmente, consignemos que el proyecto de ley tiene algunos límites. No se le da un espacio importante a la educación física, por ejemplo. Además, no se avanza en la (re)creación de un sistema de escuelas nacionales. Ni se dictamina taxativamente la rearticulación (necesaria) para el conjunto del sistema educativo. Una vez aprobado el presente proyecto, la tarea del movimiento popular (y de las fuerzas docentes, en particular) será profundizar la dirección asumida, incorporando las justas críticas formuladas por diversos actores de la realidad social de nuestro país.
Haciendo una síntesis a modo de conclusiones de los aspectos que se debaten a través de la ley educativa podemos decir lo siguiente:
a) En primer lugar, los obispos y aláteres buscan impedir la autonomía creciente de la sociedad y el estado con relación a la tutela eclesial. Esta es una cuestión de indudable importancia teórica, política y práctica.
b) En segundo lugar- pero no menos importante- defender lo más posible su porción en la torta del presupuesto.
c) El conflicto real y existente es el que hemos analizados. Por lo tanto no se es de izquierda o de derecha in abstracto, sino en referencia a la contradicción señalada. No se trata de que la izquierda apoye en su totalidad al proyecto presidencial, si no lo desea. Pero entre el gobierno y la iglesia la opción es clara. Y quienes pretenden estar más allá pidiendo “aborto libre, gratuito, accesible, obligatorio”, en realidad hacen de coro “sinistro” del canto gregoriano episcopal. O de ala izquierda a la burguesía globalizada.
d) Pese a los limites señalados, el proyecto merece ser aprobado por el Congreso y apoyado por el pueblo.

1 Comments:

Anonymous Anonymous said...

AMOS JUAN COMENIUS
PAULO FREIRE
PROFESOR EDUARDO MARCELO COCCA jpg

Titulo
El Profesor Universitario
Autor
Eduardo Marcelo Cocca
Resumen
Debemos tener en claro, si queremos una educación universitaria artesanal, amateur, o una educación en manos de verdaderos profesionales de hecho y de derecho, como corresponde y nos merecemos, y sobre todo en un país en serio, donde debe reinar por encima de todo el Estado de Derecho, al todos debemos propender para que su ejercicio, no sea una expresión de deseos, sino una realidad, a la que todos sin ninguna duda aspiramos.
Lo habitual, tanto en universidades publicas como privadas y con la anuencia de sus autoridades, los Profesores Universitarios, son solamente de hecho, detentan una carrera de grado y tanto ellos como las autoridades, consideran suficiente merito para habilitarlos como profesores, en abierta contradicción con las leyes que regulan el ejercicio de la profesión, L.E.S. Art.. 36, Código Penal, etc.
Palabras claves
Usurpación de Titulo, Profesor Universitario, Estado de Derecho
Fecha de envío
24/11/06
Fecha de recepción
24/11/06
Introducción
Desde un punto de vista estrictamente jurídico estamos frente a una flagrante violación de la ley, delitos penales incluidos, creo que no es necesario recordar que todo ciudadano tiene obligación de conocer la ley, ni que decir si se trata de letrados.
Desgraciada y alegremente tanto participes necesarios, como autoridades que nombran en estos puestos, están incursas en el delito, recordar el CP, cuando nos dice aquel que designe a alguien sin titulo suficiente, podemos cerrar los ojos o mirar para otro lado, tal como hemos hecho hasta ahora,pero después nonos quejemos de los resultados o busquemos chivos expiatorios en la escuela secundaria, cuando el verdadero problema, núcleo de esta cuestión es la universidad misma, que claro, manejada por amateurs y no verdaderos profesionales, titulados los resultados no pueden ser otros que los que se exhiben, lamentablemente.
Desarrollo
El Estado Nacional, a través del Ministerio de Educación otorga como corresponde, autorización a diferentes universidades publicas y privadas, el permiso para el post- grado de Profesor Universitario y posterior otorgamiento del titulo correspondiente, luego de cursada y aprobada la curricula especifica de la carrera.
Ahora bien, la gran mayoría de los profesionales que ejercen como docentes universitarios, salvo raras excepciones, carecen del titulo de Profesor Universitario.
El Profesor Universitario, cuando esta en clase frente al alumnado, no esta en calidad de abogado, juez, medico, ingeniero, etc., sino cumpliendo la función y desempeñando el rol de Profesor Universitario, y para lo cual y se cae de maduro que su carrera de grado no es suficiente para el ejercicio profesional como Profesor Universitario, tal como lo marca el sentido común y las regulaciones de las leyes.
Prima facie, estos profesionales, sin titulo de Profesor Universitario, estarían alcanzados por el Art.. 246.- inc.1.-Usurpación de Títulos.-del Código Penal, que dice:el que ejerciera o asumiere funciones publicas sin titulo.- Art., 247.- Según ley 24527.- Usurpación de Títulos,- Código Penal.- que dice: el que ejerciere actos propios de una profesión......, sin poseer titulo...... y luego dice: el que se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren.
La ley de Educación Superior N* 24521, Art.. 36, nos dice: los docentes de todas las categorías deberán poseer titulo universitario de igual o superior nivel a aquel en el cual ejercen la docencia.........,o sea que si ejercen como Profesor Universitario, tal como taxativamente lo marca la ley, deberán tener titulo de Profesor Universitario, además del titulo de la carrera de grado que lo habilita en la especialidad.
Las universidades otorgan el titulo de Profesor Titular, Asociado, Adjunto o Jefe de Trabajos Prácticos. Le recuerdo aunque parezca una verdad de Perogrullo, para acceder al titulo de Profesor Universitario, hay que cursar y aprobar una determinada curricula. La ley de Educación Superior, que la que norma, contiene y da marco legal a las universidades, ni aun en el párrafo referido a la autonomía universitaria, no dice en ninguna parte que estas puedan nombrar a cualquier profesional con titulo insuficiente como Profesor Universitario.
Desde el punto de vista del Derecho, supongamos que alguien que ejerce la profesión de Abogado, pero no sabe que es el Código Civil, ni quien fue Vélez Sarsfield, con toda seguridad ningún letrado aceptaría esta situación,sin embargo la mayoría de los Profesores Universitarios ( de hecho ), no saben quien fue Amos Comenius, ni que decir de su " Didáctica Magna ", o incluso mas en nuestros días, el colega Abogado y Pedagogo Paulo Freire, quizás el mas importante en la historia de la educación latinoamericana, con su celebre texto " La Pedagogía del Oprimido ".
El Profesor Universitario, tiene la obligación de conocer, perfecta y profundamente, las corrientes didácticas imperantes, para que de acuerdo con su leal saber y entender, y luego de todos los análisis pertinentes, se enrolaren en la corriente conductista, humanista, constructivista o mixta, o incluso alguna elaboración personal basada en conocimientos que los especialistas elaboraran día a día, para aquellos a los que de verdad nos importa la educación universitaria abrevemos.
Lo mismo sucede con cual es la metodología de enseñanza, que aplicaremos con el alumnado, será lineal, concéntrica o espiralada, el manejo de cualquiera de estas técnicas, debe ser algo tan habitual para el verdadero profesional, que cumple el rol de Profesor Universitario, como el hablar o escribir para cualquiera de nosotros.
Lo expuesto hasta aca, no llega a ser ni la punta del iceberg
Entonces señores de una vez `por todas a llegado el momento de ponernos los pantalones largos, y que asumamos como no puede ser de otra manera, que no se puede ejercer una profesión, ni ser un profesional de la misma sin titulo habilitarte.
Como colofón y para dejar palmariamente demostrado todo lo expuesto hasta aquí, digamos que todos los meses cobramos una limosna, a la que las universidades llaman sueldos, y las remuneraciones son en concepto de Profesor auxiliar, jtp, adjunto, asociado o titular, insisto a cualquiera de estas categorías llegaron por una varita mágica que los designo inmerecidamente contra de todas las leyes del sector incluso reitero el Código Penal, que en este caso no cumple su función preventiva como debería y todos estamos esperando el irrestricto cumplimiento de la norma
Conclusión
Seria deseable, que las autoridades competentes y dando un plazo de 24 o 36
meses, para que los actuales Profesores Universitarios de hecho, se conviertan en Profesores Universitarios de Hecho y de derecho, para orgullo propio y de toda la comunidad educativa.
Temas a debatir
Profesores Universitarios de hecho o de hecho y de Derecho
Profesores Universitarios Profesionales de la educación o amateurs de la educación universitaria
Bibliografia
Ley de Educacion Superior Nro. 24521
Codigo Penal Argentino

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Posted by PROFESOR COCCA to PROFESOR COCCA at 11/25/2006 12:19:00 PM

8:19 AM  

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